lunes, 24 de junio de 2013

La Etiqueta de Eficiencia Energética

El Real Decreto que obligaba desde el 1 de junio a tener expedido y registrado un certificado de eficiencia energética para alquilar o vender una vivienda o local comercial, también obliga a mostrar la etiqueta de eficiencia energética en toda oferta, promoción y publicidad para venta o arrendamiento del edificio o vivienda. Es decir se requiere la etiqueta de eficiencia energética siempre y cuando se requiera certificado de eficiencia energética. Como vemos en la imagen en otros paises ya se hace de manera habitual.


Además de en este caso, la etiqueta de eficiencia energética se requiere en 2 casos más:

- Los edificios de pública concurrencia (de uso público), pero de titularidad privada, con superficie mayor a 500 m2 deben exhibir la etiqueta de forma obligatoria.

- Edificios ocupados por las autoridades públicas, que sean también frecuentados por el público, con una superficie mayor a 250 m2.

- El tercer caso es voluntario, por tanto, el resto de edificios fuera de los 2 casos anteriores puede mostrar la etiqueta de eficiencia energética pero no estarán obligados a ello.


En definitiva, la etiqueta de eficiencia energética supone la cara al público del certificado de eficiencia energética, que debe mostrarse de manera visible para que el usuario, comprador, arrendatario, etc. tenga conciencia del edificio del que va a hacer uso. Sin duda esto contribuirá a crear una conciencia en la ciudadanía de lo presente e importante que es el gasto energético en nuestra sociedad.

Explicada la necesidad de disponer y exponer la etiqueta de eficiencia energética, tenemos que decir que ni el Ministerio ni las Comunidades Autónomas han dispuesto un modelo estándar base. Es decir, que exigen exhibir algo que no saben muy bien cómo debe ser.


Dicho esto, los desarrolladores del software CE3x, han creado una aplicación dentro de su página para crear modelos de etiqueta de eficiencia energética una vez introduces los datos. Lo podéis encontrar en la dirección: http://www.efinova.es/accounts/login/?next=/etiquetaEnergetica/. Para ello, uno debe registrarse en la página, y recibe la etiqueta en su correo electrónico cada vez introduces unos datos distintos.
 

miércoles, 19 de junio de 2013

Paso 1 para conseguir la subvención: el "informe de evaluación de edificios"

Imaginemos que somos propietarios de una vivieda de un bloque de viviendas construido previamente al año 1981. Lo más probable es que nuestras ventanas sean de un solo vidrio, y el sonido que entra de la calle llega con una claridad ostensible. Si no se han cambiado las ventanas, qué decir de poner aislamiento a los muros.

Algo menos probable pero que también es posible es que nunca se haya realizado la remodelación del hall del edificio. Probablemente haya una rampa que salva la misma altura que una escalera, en el mismo desarrollo. Consecuencia, tenemos una rampa peligrosa que puede acarrear problemas a la comunidad si alguien tiene un percance. Y si el edificio tiene más de 30 años, probablemente los vecinos vayan entrando en una edad donde la accesibilidad empieza a ser un problema. Lo mismo es extensible a las barandillas y otros elementos.



Lo menos probable y deseable es que haya un problema estructural en el edificio. Que haya asentado y haya grietas de tamaño considerable en las viviendas y que no sólo están, sino que van a más.

Pues bien, TODOS estos casos pueden ser objetos de subvención, como dijimos en otro post, hasta 11.000€ por vivienda, siempre y cuando se tramite correctamente. Los integrantes de "PDCActions ingeniería y arquitectura" llevamos 15 años trabajando en el sector y ofrecemos un servicio integral de asistencia y planificación para conseguir la máxima cantidad posible. Por ejemplo, si el edificio consta de 7 plantas y hay 4 viviendas por planta, la subvención podría ascender a  la nada despreciable cantidad de 300.000€.

Pero como para todo, hay que ir paso a paso. El primero de estos pasos a dar es hacer el informe de evaluación de edificios. Se trata de un documento modelo, que dispone el Real Decreto 233/2013. Contempla todos los aspectos del edificios:
- Datos Urbanísticos.
- Datos de la Propiedad y Generales.
- Datos Estructurales.
- Datos de Cerramientos y Cubiertas.
- Datos sobre Instalaciones del edificio.
- Estado de conservación del edificio (de los apartados anteriores).
- Accesibilidad del edificio.


A efectos prácticos, yo los dividiría en 3 apartados, los subvencionables. Aspectos relativos a:
1.- Conservación del edificio.
2.- Calidad y sostenibilidad del edificio.
3.- Accesibilidad.



La mayor parte de los edificios de más de 30 años tienen deficiencias en alguno de estos tres apartados subvencionables, y desde PDCActions nos ofrecemos a hacer el informe de evaluación técnica, a decidir conforme a las necesidades del vecindario qué obras interesa más acometer, a hacer la memoria o proyecto necesario para ejecutarlo y a comenzar a tramitar la subvención. Damos un servicio integral flexible para adaptarnos a las necesidades de nuestros clientes y siempre teniendo en cuenta que a cuanto mayor sea la subvención a recibir, mejor considerado será nuestro trabajo.

La rehabilitación energética (subvenciones)

Aunque era de rigor empezar a comentar qué es el certificado de eficiencia energética y para qué sirve, ya nos metemos en el tema que desde PDActions más nos interesa, la rehabilitación energética y sobre todo las subvenciones que tenemos disponibles para mejorar nuestras viviendas.

Remontémonos un poco en el tiempo. El mismo día que se aprobó el famoso Real Decreto 235/2013 donde se hablaba de la necesidad de ciertas edificaciones de disponer de certificado de eficiencia energética, se aprobó también el Real Decreto 233/2013 de, cito textualmente: "Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneraci y renovación urbanas, 2013-2016". Bien, este último dato no es baladí, ya que viene a actualizar el plan de vivienda de 2009-2012, lo que nos hace confiar en que los datos que se nos dan son realistas y están en concordancia con el momento actual.

Muy bien, pero ¿quiénes puedes acceder a las ayudas?
Los beneficiarios de estas ayudas son las comunidades de propietarios de bloques de edificios, terminados previamente a 1981, que al menos tenga el 70% de su superficie de uso residencial, y que sea el domicilio habitual de al menos el 70% de los propietarios.
 


¿Cuánto puedo recibir yo por rehabilitar mi vivienda?
Depende de lo que mejoremos recibiremos hasta una cantidad u otra. El máximo que se podrá recibir es de 11.000€/vivienda. Si lo dividimos por partidas:
- Conservación: 2.000€ por vivienda.
- Calidad y sostenibilidad: 2.000€-5.000€ por vivienda, según lo que se reduzca la demanda energética.
- Accesibilidad: 4.000€ por vivienda.

¿Qué necesito para rehabilitar -energéticamente o no- mi vivienda?
No es una obligación, pero si es recomendable, porque:
- Si haces obras de conservación (cimentación, estructura, instalaciones, etc.) mejorará la calidad del edificio lo que hará que dure más y sin problemas, y esto también subvencionado. 
- Si rehabilitas energéticamente tu vivienda no sólo va a cambiar la letra de tu certificado de eficiencia energética, sino que te vas a ahorrar dinero en la factura y dinero en la reforma.
- Si mejoras la accesibilidad, podrás disfrutar de ascensores, rampas o salvaescaleras a un buen precio.

 ¿Cuándo tengo que empezar a moverme para acogerme a este plan?
El Real Decreto está en marcha, pero hace falta un convenio de colaboración con las Comunidades Autónomas que son las que tramitan las ayudas. Desde PDCActions estimamos que dentro un par de meses sebería estar funcionando, aunque con la administración nunca se sabe.



¿A quién tengo que acudir y a partir de cuando?
Desde PDCActions tramitamos la subvención, hablamos con la comunidad de propietarios, y realizamos la rehabilitación. Disponemos de conocimientos experiencia necesarias para el trámite de tu caso, siempre con la idea conseguir la mayor subvención posible, ya que una parte significativa de la misma depende de la pericia del técnico que tramita los informes. Cuanto antes conozcamos tu caso, antes prepararemos la documentación necesaria para pedir la subvención y mayor será ésta.


lunes, 17 de junio de 2013

El certificado de eficiencia energética y el consumo de mi vivienda

Ya conocemos el certificado de eficiencia energética y sabemos para qué nos va a servir pero... ¿qué quiere decir que yo sea C, F o G?

Empecemos con un ejemplo. Si tu edificio fue construido previamente al año 79, probablemente tenga el nivel de aislamiento al que obligaba el NBE-CT-79 (normativa de edificación de 1979) y casi con seguridad los vidrios de las ventanas sean de una hoja (si no han sido cambiados desde entonces). Si imaginamos que posees, por ejemplo, una caldera de gasóleo con un rendimiento nominal del 85% y medio estacional del 65,6%, etc. tu clasificación es F, al igual que el 40% de los edificios contruidos previamente a 2006, como vimos en una entrada previa de este blog.

Pues bien, si el certificado de eficiencia energética de tu vivienda es "F" quiere decir que el consumo energético está por encima de la media aproximadamente entre un 10-25%. Para los que les guste la estadística, a partir de este dato podriamos saber cuánto gasta de media española fácilmente a partir de nuestras facturas.

Pero el certificado de eficiencia energética también nos da una idea de cuánto podriamos ahorrarnos si acometemos las mejoras que se sugieren.






Volviendo al ejemplo previo, si realizáramos mejoras en la fachada, adaptando la construcción a las exigencias marcadas por el CTE de 2007 (Código Técnico de la Edificación), y las ventanas las sustituimos por otras tipo "Climalit", de vidrio doble, se consiguiría una clasificación energética E en emisiones. Y lo que es más importante, ahorraríamos en nuestra factura aproximadamente un 20%.

La pregunta lógica en este punto es... ¿a cuánto asciende la inversión necesaria para rehabilitar energéticamente fachadas? Pues bien, la respuesta es que costaría entre 6.000-10.000 € por vivienda, dependiendo de si tratamos sólo la fachada o si se rehabilita la fachada, huecos y cubierta, reduciendo hacia un 35% el consumo en calefacción.

Hay incluso una solución mejor en nuestro ejemplo. Si elegimos también sustituir el sistema de calefacción, con una inversión de, en torno a 3.000 €, ahorrariamos más del 30% en el consumo de calefacción.

Como se ve, existen muchas soluciones, unas más sencillas que otras, unas más baratas que otras, pero todo parte del conocimiento exacto del funcionamiento del edificio, y para eso es necesario el certificado de eficiencia energetica.

Llegados a este punto me gustaria comentar tambien que hay algo que seguro que anima a mucha gente a remodelar y rehabilitar su casa, y no sólo es que a medio-largo plazo van a ahorrarse mucho dinero. Es que hay una partida bastante alta de dinero para acometer rehabilitaciones energéticas. Es decir, la reforma está subvencionada en un buen porcentaje. De esto hablaremos en un proximo post largo y tendido.

domingo, 16 de junio de 2013

El certificado de eficiencia energética


El pasado 5 de abril se aprobó el Real Decreto 235/2013 sobre certificación energética de edificios existentes.

Aunque lo más probable es que ya todo el mundo haya oido hablar de él, parece que es algo novedoso, pero no lo es tanto si pensamos que a partir de 2006 con el CTE (Código Técnico de la Edificación), y en 2007 con el “Procedimiento básico para la certificación energética de edificios de nueva construcción”, todos los edificios nuevos-ya sean viviendas unifamiliares, bloques, edificios públicos, etc.- tienen la obligación disponer de la calificación energética certificada por el arquitecto proyectista.

El objetivo de todas estas normativas es el de reducir las emisiones de CO2 a la atmósfera, bajar el consumo energético de nuestros edificios y, en definitiva, contaminar menos. 

Mi opinión es que aunque el certificado de eficiencia energética sea obligatorio tenerlo en ciertas circunstancias, no hay que sufrir pánico si nuestra vivienda es calificada como "E", "F", o incluso "G". Como vemos en el cuadro expuesto a continuación, "E" y "F" van a ser las calificaciones energéticas más habituales. 



Hay que tener en cuenta que el total de cada columna supera el 100%. Esto se debe a que es una estimación, y se ha redondeado las cantidades. Lo que sí es significativo es que la proporción de certificados "A" y "B" en viviendas va a ser prácticamente inexistente.

Una categoría "mala" lo que nos indica es que estamos consumiendo más energía de la que podríamos. Para solucionarlo, también se adjuntan mejoras para hacer cada vez los edificios más eficienctes energéticamente.

Quizá el certificado de eficiencia energética no sea la solución a nuestros problemas, y no va a ser la causa de que las ciudades sean ecológicas de verdad y sostenibles, pero sí es un paso en la buena dirección. 

En próximos posts explicaremos cómo vamos poder conseguir, no sólo mejorar nuestra "letra", sino gastar menos dinero, que en los tiempos que corren parece interesante. Y no me refiero a gastar menos dinero en calefacción y aire solamente. También a las subvenciones a las que podemos acceder si decidimos remodelar nuestra vivienda.